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                   PROMOCIÓN ECONÓMICA Y AUTOEMPLEO
VIVERO DE EMPRESAS
   
     
  QUÉ ES EL VIVERO DE EMPRESAS, QUÉ SERVICOS OFRECE  

DESCRIPCIÓN

Constituye el objeto de la presente reglamentación apoyar a promotores empresariales en la maduración de la idea y desarrollo del proyecto, así como a las empresas de nueva creación que necesitan ubicación para el inicio y desarrollo de su actividad empresarial, que cumplan con los requisitos de viabilidad establecidos por FORLAN, poniendo a su disposición los módulos existentes en el Pabellón del Polígono Santelices.


 

BENEFICIOS
Posibilidad de ocupar, en régimen de cesión de uso, alguno de los módulos ubicados en el Pabellón de Santelices - Parcela B1, propiedad del Ayuntamiento de Muskiz y gestionado por FORLAN.
Se proporcionará a las empresas los siguientes
servicios:

•  Utilización de un módulo del Vivero de Empresas de FORLAN, con las siguientes características:
•  Espacio del módulo: entre 8- 10 m2 , separado por mamparas.
•  Mobiliario: Mesa de despacho, sillas de oficina y un armario archivador.
•  Equipamiento informático: Se suministrará un ordenador personal y una impresora (supeditado a la disponibilidad de los mismos de que disponga FORLAN).
•  Utilización de los equipamientos comunes de FORLAN:

Área de recepción y servicios.
•  Utilización de equipamiento de oficina diverso: Máquina encuadernadora, fotocopiadora, escáner, etc. Dentro de éste equipamiento no se incluye teléfono, fax, ni conexión a Internet, cuya instalación, mantenimiento y consumos, serán por cuenta del promotor.
•  Salas de reuniones (en función de la disponibilidad existente en cada momento).
•  Asesoramiento en materia empresarial.                                                                  

                           

INICIATIVAS EMPRESARIALES Y EMPRESAS BENEFICIARIAS
Podrán acceder a los beneficios, los proyectos empresariales cuyo plan de viabilidad haya sido aprobado por los técnicos de FORLAN. Además podrán acceder a los beneficios contenidos en la presente normativa, las empresas de nueva creación, cualquiera que sea su forma jurídica, las comunidades de bienes y los empresarios/as individuales que desarrollen cualquier tipo de actividad.

Requisitos:
    •  Que tengan el domicilio social y/o fiscal o que al menos una persona de las integrantes de la forma jurídica o iniciativa        empresarial esté empadronado en el municipio, con una antigüedad superior a un año desde la fecha de la firma del        convenio.
    •  No haberse dado de alta en la actividad que van a desarrollar, con anterioridad a la firma del convenio para su ubicación        en el Vivero de Empresas de FORLAN.
    •  Que se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social y de derecho público.
    •  Superar la aprobación de su proyecto empresarial por los técnicos de FORLAN.
    •  Aprobación del proyecto por parte de la Junta Rectora de FORLAN.

                                                                          

RÉGIMEN DE ESTANCIA EN EL PABELLÓN DE SANTELICES
Las empresas cesionarias tendrán derecho a la utilización exclusiva del módulo por un período inicial de 6 meses, que podrá prorrogarse por períodos de 6 meses hasta un máximo de 2 años, atendiendo a las necesidades que puedan surgir en FORLAN en cada momento y a la situación de la empresa...
Cuotas a satisfacer por los cesionarios:
Los promotores deberán abonar el precio de los servicios prestados por la cesión del módulo según se establezca anualmente. Las cuotas a satisfacer por los cesionarios dependerán de la fase en que se encuentre la empresa (maduración del proyecto, desarrollo del proyecto de empresa o constitución e inicio de actividad de la empresa).

En las fases de maduración del proyecto y desarrollo del proyecto de empresa, no se abonará ningún tipo de cuota.